La sociedad de hecho ante la muerte de uno de sus socios.

2 Ago

La sociedad de hecho ante la muerte de uno de sus socios. Por el Dr. Leopoldo E. André. Profesor Adjunto Derecho Privado VII. Sucesiones.

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I.- Introducción. La sociedad de hecho. Sus características distintivas. Sociedades de familia. Ventajas de la empresa familiar. La muerte de un socio. Problemática a resolver.

II.- La muerte del socio en la sociedad de hecho. Soluciones: a) Disolución. Respuesta jurisprudencial y doctrinal. Crítica. b) Modificación de sus integrantes. La sociedad de hecho se integra con los herederos del socio fallecido. Critica. Incompatibilidad con los principios del derecho sucesorio. Individualización de los nuevos integrantes de la sociedad. Responsabilidad solidaria de los socios. El beneficio de inventario. c) A la muerte de uno de los socios, la sociedad de hecho debe ser regularizada o disuelta. Crítica.

III.- Nuestra solución. Disolución con opción de continuidad. Opciones de los socios supervivientes. Los herederos del socio como acreedores de la sociedad. Liquidación del valor correspondiente al causante. Los herederos como acreedores de la sociedad de hecho.

 

 

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